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11.05.2015 09:29 Antigüedad: 9 yrs

En Costa Rica aprovechar la madera del bosque es una utopía


El marco jurídico que regula el recurso forestal en Costa Rica está orientado a la conservación que la extracción sostenible de madera.

Costa Rica tiene una cobertura forestal del 52,38% de su territorio; sin embargo, el aprovechamiento sostenible de los bosques primarios es una utopía.

Varios factores se conjugan para que la tendencia en el país sea la conservación absoluta del bosque antes que una extracción controlada que permita a las comunidades subsistir con el recurso maderable, sin afectar el equilibrio ecológico.

En otras palabras, el modelo que logra un balance exitoso entre el bienestar del ser humano, la conservación del bosque y el progreso económico es una misión imposible en Costa Rica.

Un panorama totalmente opuesto es el que experimentan varias comunidades que forman parte de laReserva de la Biosfera Maya, en el departamento del Petén, norte de Guatemala.

Durante una gira de prensa a esa zona, La Nación pudo comprobar cómo los lugareños –bajo un modelo de concesiones forestales comunitarias– logran extraer madera de bosques primarios, la procesan y, finalmente, colocan los productos en mercados nacionales y extranjeros.

Todo el proceso, desde la extracción hasta la comercialización, se hace bajo estrictos estándares que garantizan la sostenibilidad ambiental y el beneficio económico para la comunidad.

Las certificaciones para los productos maderables son emitidas por la organización no gubernamental internacional llamada Rainforest Alliance , la cual, a su vez, se apega a los estándares del Consejo de Manejo Forestal (FSC), por sus siglas en inglés.

Poco viable. Varios expertos consultados por La Nación destacan tres factores principales que limitan, en Costa Rica, la silvicultura sostenible. Entre las principales se destacan el régimen de tenencia de las áreas boscosas, un marco legal rígido y proteccionista, así como extensiones de bosque pequeñas.

“En Costa Rica no existe figura de concesión forestal. Lo que hay son terrenos categorizados como patrimonio natural del Estado o los terrenos que son propiedad forestal privada”, explicó el director ejecutivo de la Oficina Nacional Forestal, Alfonso Barrantes. Desde su artículo 1.°, la Ley Forestal N.° 7575 prohíbe “la corta o el aprovechamiento de los bosques en parques nacionales, reservas biológicas, manglares, zonas protectoras, refugios de vida silvestre y reservas forestales propiedad del Estado”.

Por otra parte, esa misma ley estipula que los recursos forestales en manos privadas son susceptibles de ser aprovechados “solo si cuentan con un plan de manejo que contenga el impacto que pueda ocasionar sobre el ambiente”. Esos planes deben ser diseñados por un profesional en ciencias forestales y ejecutados por un regente forestal.

“En este país es posible aprovechar la madera del bosque siempre y cuando se haya diseñado un plan de manejo que cumpla con una serie de principios, criterios e indicadores que garanticen los estándares de sostenibilidad del bosque”, detalló Barrantes.

Esos requerimientos están desglosados en el decreto ejecutivo N.º 34559-Minae de junio del 2008. A pesar de que existe la posibilidad de utilizar los recursos del bosque, los expertos consultados coinciden en que el marco legal en materia forestal es restrictivo. “Es una normativa que es muy celosa de la protección del bosque”, opinó Barrantes.

Similar criterio externó Ronnie De Camino, director de la Cátedra de Gestión Forestal Territorial delCentro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza (Catie). “Lamentablemente, en Costa Rica las leyes, los reglamentos y la forma en que se aplican hacen imposible un manejo forestal económicamente factible para pequeños y medianos propietarios de terrenos boscosos, pues aquí no hay grandes propietarios de bosques”, dijo.

Sumado a la rigidez legal, De Camino mencionó una larga lista de trabas administrativas. “Los procedimientos tardan demasiado dentro del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) para aprobar un plan de manejo. Eso desalienta a los propietarios para aprovechar sus bosques de manera razonable”, agregó.

Muy poco. Según señaló Carlos Varela, coordinador del Programa Control y Protección del SistemaNacional de Áreas de Conservación (Sinac), dentro de la modalidad de propiedad forestal privada se incluyen las zonas en territorios indígenas. Ahí se permite un mínimo de intervención en el bosque, pero solo para satisfacer sus necesidades básicas.

“Son grandes fincas que están inscritas y pertenecen a una comunidad. Las regulaciones están en la Ley Indígena N.° 6172, la cual establece que dentro de esos territorios solamente los indígenas podrán construir casas, talar árboles, explotar los recursos maderables o plantar cultivos para su provecho, pero dentro de los límites de las reservas”, dijo.

Barrantes, De Camino y Varela coinciden en que el aprovechamiento forestal por medio de los planes de manejo va en disminución. Los expertos concuerdan en que aquí no hay superficies boscosas tan extensas como en países como Guatemala o Perú , donde funcionan concesiones.

Fuente: La Nación.


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